LAS 10 REGLAS.
Es importante saber cuales son las 10 REGLAS que deben saber los peatones, cuando transitan por las vías públicas. Todo lo anterior, con el objeto de evitar un accidente de tránsito o atropello.
La ley de tránsito en su artículo 162, regula el tránsito de peatones, el que se debe hacer siguiendo las siguientes normas.
1.- Transitar por la ACERA.
En primer lugar, el tránsito de peatones, debe hacerse por la acera.
El artículo 2 del mismo cuerpo legal la define como: “Parte de una vía destinada al uso de peatones”. Es decir, no puede transitar por la calzada, o sea, no puede transitar por la parte de una vía destinada al uso de vehículos y animales.
2.- Si no hay acera, por la BERMAS.
En aquellas vías públicas donde no haya acera, deberán hacerlo por las bermas (Faja lateral, pavimentada o no, adyacente a la calzada de un camino)o franjas laterales de la calzada y por el costado izquierdo de ellas, enfrentando los vehículos que circulen en sentido opuesto.
3.- No permanecer en la CALZADA, ni SALTAR vallas o rejas.
No podrán permanecer en las calzadas de las calles, caminos o ciclovías, ni saltar vallas peatonales ni pasar entre o sobre rejas u otros dispositivos existentes entre calzadas con tránsito opuesto.
4.- Cruzar por PASO de peatones.
Cruzar las calzadas por los pasos para peatones o por los pasos a desnivel.
¿Cuál es el paso para peatones?
Es la senda de seguridad en la calzada, señalizada conforme a reglamento. En cruces regulados no demarcados, corresponderá a la franja formada por la prolongación imaginaria de las aceras. (Art. 2. N°33 de la ley de tránsito).
¿Qué es un cruce?
Es la unión de una calle o camino con otros, aunque no la atraviese.Comprende todo el ancho de la calle o camino entre las líneas de edificación por la cual existe tráfico regular de trenes.
¿Qué es un cruce regulado?
Es aquel en que existe semáforo funcionando normalmente, excluyendo la intermitencia; o hay Carabinero dirigindo el tránsito. (Art. 2. N°12 de le ley de tránsito).
¿Qué es la línea de detención y para qué sirve?
El numeral 26 del artículo 2 de la ley de tránsito, indica que, los conductores de los vehículos deben respetar la línea de detención, en relación a los peatones.
La línea de detención de vehículos, es aquella línea transversal a la calzada, demarcada o imaginaria, antes de una intersección o un paso para peatones, que no debe ser sobrepasada por los vehículos que deban detenerse. (Intersección: Área común de calzadas que se cruzan o convergen. Art. 2. N°24 de la ley de tránsito)
Si no estuviera demarcada la línea de detención, se entiende que está:
a) en cruces regulados y pasos para peatones, a no menos de un metro antes de éstos, y
b) en otros cruces, justo antes de la intersección.
Tener presente también el artículo 222, de la ley 21.088, que establece: “Los peatones deberán cruzar las ciclovías por los lugares debidamente señalizados y no podrán permanecer ni caminar por ellas.”.
5.- Prohibido cruzar en DIAGONAL o por INTERSECCIÓN.
En ningún caso podrán cruzar la calzada en forma diagonal o por el área de intersección de las calzadas.
6.- Respetar cruces REGULADOS.
En los lugares regulados por Carabineros o semáforos, deberán respetar sus señales y no podrán iniciar el cruce o bajar a la calzada hasta que les sea indicado.
El peatón que haya iniciado el cruce reglamentario, tendrá derecho a continuarlo no obstante se produjere un cambio en la señal, y los conductores deberán respetar ese derecho.
En todo caso, en los pasos para peatones tendrán derecho preferente de paso sobre los vehículos que viren.
7.- Derecho en cruces NO REGULADOS.
En los pasos peatonales no regulados, es decir, en donde no existe semáforo funcionando o no existe Carabinero dirigiendo el tránsito, los peatones tendrán derecho preferente de paso respecto de los vehículos. Sin embargo, ningún peatón podrá bajar repentinamente de la acera o cruzar la calzada corriendo.
8.- Prohibido subir o bajar de vehículos EN MOVIMIENTO o por el lado hacia CALZADA.
No podrán subir o bajar de los vehículos en movimiento. Tampoco podrán subir o bajar por su lado hacia la calzada.
Se complementa lo anterior, con lo prescrito por el inciso final del artículo 108 de la ley de tránsito que dispone:
“Se prohíbe llevar abiertas las puertas del vehículo, abrirlas antes de su completa detención o abrirlas, mantenerlas abiertas o descender del mismo sin haberse cerciorado previamente de que ello no implica entorpecimiento o peligro para otros usuarios.”.
9.- Respetar paso de vehículos de EMERGENCIA.
Deberán respetar el derecho preferente de paso de los vehículos de emergencia, que se anuncien con sus elementos sonoros y luminosos.
10.- Prohibido transitar CERCA de las SOLERAS.
No podrán transitar tan cerca de las soleras de modo que se expongan a ser embestidos por los vehículos que se aproximen.
Fuente: www.bcn.cl
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Hola, es derecho de un peaton, el cruzar un paso peatonal montando una bicicleta. Aparexe esto en alguna ley o reglamento o solo se aplica sentido común. Gracias
Estimado Rafael:
Junto con saludar, te cuento que el paso peatonal está definido en la ley de tránsito. Art 2.N°36.
36) Paso para peatones: La senda de seguridad en la calzada, señalizada conforme al reglamento. En cruces regulados no demarcados, corresponderá a la franja formada por la prolongación imaginaria de las aceras;
Por otro lado, el concepto de peatón, no está definido en la ley de tránsito. Si nos vamos a su definición, conforme al Diccionario de la RAE., se indica que peatón es la persona que va a pie por una vía pública.
En consecuencia, si la persona circula en bicicleta no tiene la calidad de peatón desde el momento en que no va a pie. O sea, tiene otro estatus.
Ahora bien, dicho esto, de todas formas los tribunales pueden sancionar al conductor del vehículo ya que es obligación detenerse en dichos pasos. Y por no conducir atento a las condiciones del tránsito del momento.
atte
LEGALTRANSITO.
El ciclista debe cruzar por un cruce regulado a pies ya que la bicicleta es un vehículo de tracción humana. No puede cruzar pedaleando
Hola:
Todo va a depender, no es tan categórico. Acá, en Derecho del Tránsito, también existen principios que regulan la materia, que son un poco desconocidos.
Para el caso en específico, hay que tener más antecedentes para dar una opinión más fundada.
atte
LEGALTRANSITO.
Hola quisiera consultar
Si voy crusando por una calle donde no hay vía alguna de peatón y viene un vehículo me puede pisar?
o por respeto al peatón su deber es frenar ? Así el peatón tenga la culpa ??
Hola:
Para poder contestar su pregunta hay que saber en que parte de la calle cruzó. Por ejemplo, en un cruce si no esta regulado, el peatón tiene preferencia. Pero si cruza a mitad de calle, no tiene preferencia.
Saludos
DR LT.
Hola, yo siempre he tenido una duda. Si voy manejando por una calle y hay un paso cebra al otro lado de la intersección con la otra calle. Hay una persona esperando cruzar, ¿debo detenerme del otro lado de la intersección? O esa persona solo tiene preferencia cuando un auto va a girar hacia esa calle? No sé si me explico bien. Porque si me detengo justo antes del paso cebra, estaría deteniendome justo en el cruce…
Hola
La ley de tránsito, indica que el peatón tiene preferencia al cruzar, entendiendo que es la calle por la que circula el vehículo
Saludos
DR LT
Hola a todos , que pasa en el caso de que un peatón cruce cabeza agachada sin mirar a ningún lado, que aparezca de la nada como una gacela o pase corriendo sin antes ver en qué distancia y velocidad viene un vehículo, me pasó que un niño de app 7 años cruzo la calle sin mirar a ningún lado, apareció de la nada (yo iba a 10-20 km x hr) en una cuesta que siempre se transita a esa velocidad por el tránsito que hay, pero a pesar de ir a esa velocidad tuve que frenar en seco .. y si lo hubiera atropellado??? Es culpa mía o del peatón en este caso ?
Hola
Es probable que la hayan condenado, al existir paso de cebra.
Saludos
DR LT
ley 18.290, artículo 167 dice textualmente: » El peatón que haya iniciado el cruce reglamentario, tendrá derecho a continuarlo» por ende el peatón tambien tiene responsabilidades.
Hola:
Las presunciones lo que buscan es alivianar la prueba de los hechos. En el caso del cruce de peatones se deben respetar ciertas obligaciones tanto por parte del conductor como peatón.
Saludos
Dr LT
El peaton sobre una bicicleta tiene el control fisico sobre un vehiculo de traccion humana, entonces entiendo que no deberia tener preferencia por utilizar una senda de seguridad exclusiva para peatones, esa es mi duda
Hola:
Es una materia interpretable. Todo dependerá del caso en particular, con sus peculiaridades.
Si el ciclista resultó lesionado, etc. si el automovilista lo vio e igual continuó, Principio de confianza, etc.
Atte
Dr LT.
Hola que pasa si no están funcionando los semaforos y voy a pasar como peatón en un cruce señalizado por estos semáforos, una micro para y me da el paso pero al ir al medio del pavimento sale un vehículo y atropella a mi hijo de 10 años, el cual estábamos frente a su colegio… Gracias
Hola
Si los semáforos no funcionan rige el derecho preferente de pasó, regulado en el artículo 139 de la ley de tránsito.
En todo caso, hay que tener más antecedentes para analizar el caso
Saludos
Dr LT
El peatón antes de cruzar un paso de cebra debe esperar que los vehículos se detengan, no llegar y cruzar sin mirar, eso no sale especificado, ya ha muerto mucha gente por ese detalle, que se confían que es paso peatonal cruzan sin mirar
Hola
El peatón podrá ser precavido, pero si no lo es y ocurre el atropello créame que saldrá condenado.
Saludos
Dr LT
Creeme que prefiero mirar a ambos lados antes de cruzar, el conductor puede estar distraido y no te ha visto. Espero a que me vean, que disminuyan la velocidad, y se detengan. Visto esto, cruzo, me quiero mucho
Hola buen día, hoy en la mañana dejando a mis hijos al colegio..me ocurrió que al venirme debía doblar y habían dos niñas conversando en la esquina,no intentando cruzar,solo conversaban,mire al lado contrario para ver si venía un vehículo y poder doblar,y cuando doy vuelta la mirada ya había una de estas niñas cruzando y yo con el auto en movimiento, quede helado,aunque no iba a velocidad, cualquier impacto aunque sea leve causaría daño….como dejar de sentirme mal, cómo digo ellas no estaban en posición de cruzar, estaban de espaldas a la calle,por lo que imaginé que no cruzarían,pero si repentinamente lo hicieron,los peatones tienen la preferencia a tal punto que deben cruzar repentinamente sin dar señal de que ocuparán el pase peatonal?
Hola
Los peatones no pueden bajar de improviso ni corriendo.
En todo caso, eso no quita que pueda haber responsabilidad del conductor en el siniestro.
Saludos Dr LT
Me ha pasado lo mismo que indicas y lo contrario. Personas paradas en el paso peatonal, te detienes y resulta que sólo están conversando y no tienen intenciones de cruzar. Lamentablemente, como dice Patricio, eres culpable siempre.
Si voy conduciendo y hay un paso peatonal, sin personas que deseen cruzar, igua debo detenerme?
Muchas gracias
Hola:
Al enfrentar un paso de cebra, se debe reducir la velocidad.
Si existen personas prestas a cruzar se debe detener.
Saludos
DR LT
Hola. Quisiera saber la forma correcta de cruzar un paso de cebra, me refiero a que como peatón también tengo algo de responsabilidad si me cruzó de forma repentina o en diagonal, hay algún reglamento que regule esto también?
Gracias
Hola buenos días,me gustaría saber a cuantos metros de distancia el peatón pierde el derecho a pasó en pasó peatonal con respecto a un vehículo,porque se que tiene un margen,me parece que son 30 metros,si el vehículo viene a menos de eso distancia del pasó el peatón no puede cruzar…es mi duda la distancia gracias
Hola:
El conductor que se acerque a un cruce peatonal, lo primero que debe hacer es disminuir la velocidad.
En segundo lugar, si existe peatón que se encuentran prestos a cruzar, debe necesariamente detenerse.
Por otro lado, el peatón, debe cruzar por la línea demarcada y no puede cruzar corriendo.
No existe un metraje que señale la ley. Se atiende a los factores antes indicados.
Por lo anterior, hay que estar a los hechos del caso particular, para analizar el asunto. Desde ya el peatón tiene una presunción en su favor si cruzó en lugar habilitado.
atte
LEGALTRANSITO.
Hola, comento algo cortito para que entiendan mi duda: el otro día una señora se subió a la micro, le preguntó algo al chofer y pidió bajarse a un par de cuadras de donde se subió. Se bajó de la micro, caminó unos cuantos pasos YA en la acera y se tropezó, golpeándose la cara. El chofer de la micro también vio esto y paróa micro y se bajó con otro pasajero a ayudarla, pero la señora estaba muy alterada y los terminó echando del lugar. O sea, es obvio que el chofer no tiene la culpa, porque ella dejó de ser pasajera al momento de transitar por la acera, pero hay algún artículo en la ley en donde esto se pueda respaldar?
Quedo atenta. Gracias.
Saludos
Muchos de los accidentes son por peatones que cruzan de improvisto como muchos antes dicen ,deberían informar al peatón que debe hacer por lo menos una pausa antes de cruzar por que realmente creen que el conductor mágicamente se detendrá ayer atropellaron a. Una señora en un paso peatonal pero yo realmente no entiendo cómo cruzan si ven que el vehículo viene a una velocidad considerable y no una intención de detenerse hay que pensar que te puedes cruzar hasta con una persecución policial una persona en estado de ebriedad etc
Hola
Estamos de acuerdo que el peatón, debe adoptar una actitud defensiva al cruzar la calle, lo que no exime de responsabilidad al conductor.
Saludos
DR LT.
Buenos días !
En el inciso 1.. dice transitar por las aceras peatonales .. y si estas , estan ocupadas como estacionamientos a lo largo de todo el pasaje por ambos costados ..solo la calzada queda libre ..caminamos sobre los techos de estos para no bajarse a la calzada ..como se regula esto?.
Hola:
En relación a los pasajes, hay que dilucidar si tienen o no veredas. Si no las tiene, al ser de uso mixto, a mi entender, tiene preferencia el peatón, o al menos, rige el principio de confianza.
Hay que tener presente que acá el artículo está apuntado hacia la eventual responsabilidad tanto de conductores o peatones en caso de atropello.
Atte
LEGALTRANSITO
Es legal demarcar paso de peatones en cada esquina de las cuadras, si en algún momento el conductor cede el paso a peatones y al comenzar a circular el la próxima esquina ingresan peatones, el conductor queda en el centro obstaculizando el recorrido de la calle que la cruza. Esto sí no hay semáforo o carabinero.
Hola: Lo mismo ocurre cuando hay semáforo y el conductor debe virar.
En cierta forma le encuentro razón. Pero si hay pasos de cebra, en todas las esquinas, todos los vehículos que enfrenten el cruce deben hacerlo a velocidad reducida.
Usted no obstaculiza el paso, sino que está cediendo el paso a quien tiene mejor derecho. Por lo mismo, cualquier otro vehículo pierde preferencia para avanzar ( distinto al suyo).
Atte
DR. LT.
Hola, para los pasos de cebra está permitido que instalen una especie de lomo de toro o reductor de velocidad negro con franjas blancas y que tenga una altura de aproximadamente 6.5cm?
Hola:
Las especificaciones técnicas las puedes consultar acá: https://www.conaset.cl/wp-content/uploads/2016/01/ResolucionExenta537_decreto200.pdf
En todo caso, puedes consultar en la Dirección de Tránsito de tu comuna.
Atte
Dr LT.
Hola, ahora es muy común que los pasos de cebra estén demarcados solo en dos de las cuatro esquinas, ¿quien tiene preferencia en la esquina no demarcada? en consideración a que el conductor escasamente respeta de que está demarcada.
Hola:
Por una cuestión de lógica debiese el peatón cruzar por el paso demarcado.
Sin prejuicio, la ley no hace ese distingo, por lo que se aplican las reglas generales.
Entonces, habiendo un cruce no regulado, tiene preferencia el peatón
Atte
Dr. LT.
Hola mi consulta es pase con luz roja y 5 personas más no venia ningún vehículo y al frente a vian un par de carabineros y me paro y me pregunto porque pasé con luz roja y le respondí porque no viene ningún vehículo y me paso un parte pero ami no más me detuvo y ahora me llego la notificación
Hola:
Si pasó con luz roja y fue sorprendido, va a ser sancionado.
El hecho que no hayan venido vehículo no incide en nada. El semáforo no es condicional a qué no desplacen vehículos por la calle que tenga la preferencia.
Atte
DR LT.
Luis, pasaste con luz roja.
Estudiaste el reglamento del tránsito?
Hola, me gustaría saber cómo se procede en zonas rurales o urbanas que no cuenten con veredas y sean caminos de tierra en todo su ancho.
¿Hay alguna obligación para la la demarcación sobre la tierra?
Hola:
En estos casos, para efectos de responsabilidad, se debe estar a las reglas generales.
El art. 2 cuando define a camino (también calle) indica que por el, transitan peatones, vehículo y animales.
Atte
Dr. LT.
Hola una consulta se pueden poner vallas peatonales en un paso de cebra por donde pasa
Público en un supermercado, e impidiendo el libre tránsito de personas en silla de ruedas y madres con coches de guagua.
Muchas gracias por su respuesta
Hola:
Hay que distinguir si se trata de un recinto privado o no.
Si es recinto privado, puede acomodar pero obviamente debe dar espacio para la movilidad de personas con silla de ruedas y choques.
Si es público, derechamente no puede.
Atte
Dr LT.
Quisiera saber que ocurre con los accidentes que ocurren en caminos sin luces en la calzada y sin bermas, quien es responsable, esto es en ruta s-438 Carahue-Puerto Saavedra
Hola:
Tendríamos que tener más antecedentes -dinámica- para poder dar una respuesta ya que la pregunta es muy genérica.
En todo caso, si hay peatones involucrados, se debe verificar si cumplen con requisitos establecidos al efecto, por ejemplo, caminar contra el sentido del tránsito, etc.
Saludos
DR LT.
Hola
buenas noches
necesito consultar los siguiente tuve un accidente yo iba en bicicleta en una bajada y me atropello un auto quedé en el capo ya que apareció de imprevisto en un lugar que tiene prohibido virar a la izquierda como este lo hizo, yo llamé a carabineros por qué tenía clara su infracción pero quiero saber si necesito abogado para la citación al tribunal ? El chófer decía que yo iba rápido y no me detuve y que el doblo para hacer una vuelta en U y que le hizo seña al camión que iba bajando para él doblar el mismo que tapo mi visión del auto en cuestión, por eso digo que de imprevisto incluso alcanzaron a pasar otro ciclistas que me adelantaron que debo hacer esperar lo que diga el juez como indico carabineros y llevar los gastos ? En el hospital no me hicieron radiografías a pesar que indique que el dolor que más me molestaba era el golpe en el rostro y un diente además de la bicicleta, el puede pedir le pague los daños en su capot como le pregunto carabineros a pesar que la atropellada soy yo no recuerdo si hay paso de cebra di hay no se nota
Hola
Buenas noches
Una consulta tuve un accidente yo iba bajando en bicicleta y apareció un auto de improviso en lugar que está prohibido virar a la izquierda
quedé en el capot yo llame a carabineros el declaró que yo venía rápido y que él doblo para virar en U que le había hecho señas al camión que venía bajando a mi costado el mismo que tapa mi visión y que le da el paso en dónde está la señalización de no doblar a la izquierda (creo que hay un paso de cebra) mi consulta en si es debo ir con abogado al juzgado debo esperar lo que indique el juez ? Carabineros me indico que ll ve los gastos el daño en la bicicleta y el tema médico debere ir al dentista ya que en el hospital no me tomaron radiografías a pesar que insistí en el dolor que tenía el rostro y un diente, puede el pedir que le pague yo lo daños en su auto como lo dió a entender a pesar de yo ser la atropellada??
Hola:
Si, es necesario contratar un abogado para cobrar los perjuicios.
Cualquier otra solicitud la puedes hacer a contacto@legaltrasito.cl
Atte
Dr LT
Cuando un susto sale de una casa y lo hace retrocediendo y una persona viene caminando quien se debe detener
Hola
Quien retrocede pierde toda preferencia.
Más aún cuando el peatón va por la vereda tiene toda la preferencia
Saludos
DR LT.
Si un auto sale retrocediendo, lo más probable es que no tenga visión de los peatones, EL SENTIDO COMÚN indica que debes dejarlo salir o anunciarte que tienes intenciones de pasar.
Hola, si un peatón está esperando al lado de su vehículo, pero está en la calzada, y otro vehículo atropella a este peatón, de quien sería la culpa, muchas gracias
Hola:
Habría que tener más antecedentes para poder responder.
Si el peatón se encuentra en un lugar prohibido para estar puede ser este responsable.
Saludos
DR LT.
Hola, cuando existe un paso de cebra y un semáforo quien tiene preferencia?. Agradeceré aclarar además por qué hay esquinas que existen ambos.
Gracias
Hola
El semáforo
Saludos
Dr LT
Hola. Si antes de un cruce me encuentro con un Ceda El Paso para dar paso al transito que cruza ¿tengo derecho de preferencia ante un peatón que tiene la intención de cruzar previo a ceder el paso ante el tránsito (sin que exista Paso de Cebra)?
Hola
Tiene preferencia el peatón
No importa que esté pintado.
Saludos
Dr LT
Hola,
Si dentro de un condominio (2 edificios), no existe vereda, ni pasos de cebra, en consecuencia los peatones se ven obligados a transitar por el costado del área asfaltada. Si se instala un disco Pare en la intersección de la rampa de subida del sótano y la via interna del condominio, y este disco Pare se ha pensado para darle prioridad a los vehículos que suben de la rampa del sótano, en este caso el disco Pare le da prioridad a los vehículos inclusive sobre los peatones? o el respeto del disco Pare se limita únicamente a vehículos?
Hola
En condominios privados no rige la ley de tránsito
Saludos
Dr LT
Gracias por la respuesta, pero entonces me queda la duda, quien tiene prioridad de paso y que mecanismo lo puede definir? al no aplicarse la ley de transito en condominios privados.
El SENTIDO COMUN
El vehículo que sube está haciendo un gran esfuerzo en el consumo de combustible y además, el conductor no tiene mucha visibilidad por el ángulo de inclinación del vehículo, por lo que el peatón debe considerarlo y detenerse hasta que el vehículo salga de esa situación de esfuerzo.
Estimados:
Creo que más allá de lo que contempla la ley o reglamento del tránsito, SIEMPRE se debe aplicar el SENTIDO COMÚN.
Es más fácil detener 80 kg de un peatón que detener 1.000 kg de un vehículo liviano.
Este comentario es para los Automovilistas, Ciclistas y Peatones, para los motociclistas, creo que hay que llevarlos a la escuela básica nuevamente.
Peatones:
Si llegas a la esquina, mira hacia ambos lados antes de cruzar
Si no se aproxima un vehículo, puedes cruzar, si un vehículo en tu misma dirección o contraria tiene intenciones de virar, déjalo pasar, tu detención es más eficiente a que el vehículo se detenga y obstruya el libre tránsito de los que lo preceden.
Si se aproxima un vehículo, espera a que el conductor te vea y veas que disminuye su velocidad con intención de detenerse, si vez que viene muy rápido, espera a que pase.
Si el vehículo ya se detuvo, cruza y no le hagas señas para que continúe, porque lo puedes confundir y ambos pasan provocando un atropello.
Ciclistas:
En lo que se refiere a los ciclistas, estos deben cruzar a pie por las esquinas ya que el ángulo de visión de un conductor no logra ver a un ciclista que se aproxima a la esquina ya que estará fuera del alcance visual normal y lo más probable es que lo vea muy encima de la esquina, lo que no le dará tiempo de detenerse o lo tendrá que hacer en forma muy brusca.
Adicionalmente, el ciclista que no cumpla los requerimientos para desplazarse en bicicleta por la vereda, tercera edad, impedimento físico, o menor de 14 años, no debe circular por la vereda.
Sería interesante que los ciclistas lean el siguiente documento ya que existe mucho desconocimiento por parte de ellos al respecto.
Ver Normativa ciclistas
https://www.conaset.cl/ciclistas-decretos/
De esta normativa, resalto la siguiente, que la mayoría de los ciclistas desconocen y sin querer generalizar, creo que los conductores de vehículos desconocen, por lo que cuando un ciclista la conoce y la aplica, el automovilista se lo recrimina con una mano o ambas, lo que hace que haya mucho riesgo para el ciclista.
iii. En vías unidireccionales, cuando exista una pista de uso exclusivo de buses ubicada al costado derecho de la calzada. En esta situación, los ciclos deberán circular por el costado izquierdo de la pista izquierda. Tratándose de vías bidireccionales, esta disposición se aplicará sólo en caso de existir bandejón central o mediana.
Automovilistas:
Entendiendo que somos los que más accidentes graves producimos por manejar un vehículo de 1 tonelada, les recomiendo visitar la siguiente página.
https://www.conaset.cl/ley-de-convivencia-vial/#:~:text=La%20Ley%20de%20Convivencia%20Vial,los%20peatones%2C%20ciclistas%20y%20motociclistas.
Les recomiendo descargar El Libro del Nuevo Conductor
https://www.conaset.cl/wp-content/uploads/2019/09/LNC-AUTOMOVILISTAS_actualizaci%C3%B3n-22-07-2019.pdf
Patricio
Muchas gracias por todas tus respuestas
Saludos a todos y criterio, ante todo
Me gustaría aclarar la situación de los Ciclistas, estimo que es irrelevante la discusión si el ciclista cruza o no a pié una paso peatonal, que además la reglamentación dice que puede ser demarcado o imaginario, la pregunta es, ¿Si el ciclista pasa sobre la bicicleta, tengo derecho a pasar o increparlo?, la respuesta es NO, queda explicado con la definición de Línea de Detención, «Línea transversal a la calzada, demarcada o imaginaria, antes de una intersección o un paso para peatones, que no debe ser sobrepasada por los vehículos que deban detenerse». Luego la misma Ley menciona que el conductor debe detenerse a un metro antes de la línea de detención, para mayor abundamiento, la Ley 21.088 dice que los ciclos podrán circular excepcionalmente por aceras adecuando su velocidad a la de los peatones y sigue…cuando no existe ciclovía los ciclistas menores de 14 años y adultos mayores podrán transitar por la acera, por lo tanto, el conductor aún cuando pueda tener o no la razón de si el ciclista debe descender para cruzar el paso peatonal, antes debe respetar la Línea de Detención, además se agrega que cuando ésta no esta demarcada se entenderá que es la prolongación imaginaria de la línea de edificación.
Hola
Te encuentro razón.
El problema sucede ya que el peatón no puede bajar de improviso ni pasar corriendo por el paso de cebra.
Los ciclistas al pasar por la línea de cebra, pueden hacerlo vulnerando las normas anteriores.
Hay que fomentar la seguridad de peatones, ciclistas y conductores.
Saludos
DR LT.
Hola
Si yo como conductor, llegó a una señal de pare en el que hay un paso peatonal y me detengo en la línea de detención como corresponde y luego avanzo quedando x sobre el paso de peatón para poder mirar antes de cruzar o doblar, y en ese momento llega un peatón con intención de cruzar, ¿por dónde debiese cruzar el peatón? Y ¿hay una parte de la ley que lo diga? Porque yo tengo entendido que el peatón debiese cruzar por detrás del vehículo o esperar a que esté cruce pero jamás debería cruzar por el frente ya que al estar el vehículo sobre el paso, el peatón estaría cruzando por el cruce vehicular que es tremendamente peligroso
Hola
Estando en la esquina el peatón tiene preferencia. Si pasa sel vehículo puede ser responsable.
Ahora por precaución el peatón debería esperar que el conductor termine la maniobra si ya vulneró la norma.
Saludos
Dr LT
Pero ¿por qué vulneró la norma? Si en el momento que se avanzó hacia el cruce para virar recién apareció el peatón. Hoy nos pasó algo parecido, se detuvo el vehículo en el pare de la intersección, en ese momento no había peatón para cruzar, al mirar para ambos lados para cruzar aparece el peatón y de imprevisto cruza por frente del vehículo, siendo que este desde antes ya estaba por sobre el paso de cebra para virar a la derecha. El vehículo ya estaba saliendo casi que a la otra calle de la Intersección y tuvo que frenar en seco.
Hola:
Debe hacer los descargos en el tribunal, nosotros no contamos con todos los elementos probatorios ni la versión del peatón.
Son apreciaciones generales con la información que se nos proporciona.
Saludos
DR LT.
¿A cuántos metros debe venir el auto del paso de cebra , para que sea legal que el peatón cruce? El auto puede venir apenas a dos o tres metros en movimiento y el tonto peatón por (querer tener la razón y querer pelear con los conductores, hacen esa peligrosa maniobra) Entiendo que no es legal por parte del peatón hacer eso, ya que el auto necesita unos segundos y algunos metros para reaccionar y detenerse a tiempo y con seguridad tanto para el peatón, como para las personas que viajan dentro del auto. Estos podrían ser personas mayores o niños pequeños, los cuales pueden sufrir lesiones por esas frenadas bruscas, que muchos autos deben hacer por estos peatones agresivos que se tiran sobre el paso de cebra o sobre los autos que se acercan a el.
Muchas veces apurando el paso, cruzando en Diagonal o corriendo para cruzar. Y lograr asi lo que ellos piensan dentro de su mente (se la voy a ganar al auto) si me apuro en cruzar, porque yo como peaton tengo el poder de la razon…Esto se da, en muchas ocasiones incluso siendo una calle tranquila con el unico auto circulando por ahi…
Aquí no vi nada respecto a ese peligroso tema que pone en conflicto a diario la vida del peatón que hace eso (a diario)
Entonces, según la ley de Chile.
¿A cuantos metros debe venir el auto, del paso de cebra como máximo para que un peatón responsablemente pueda bajar a la calle y cruzar con seguridad??
Considerando que a solo 30kmsx hora se necesitan alrededor de un minimo de 8 a 9 metros para frenar con seguridad.
Entiendo la ley en Chile si especifica esa distancia, pero absoluta mente nadie habla de ello. Salvo algunas excepciones como aca y ahora. Lo busque pero no encontre esa informacion. Saludos
Hola:
La ley establece que habiendo paso de cebra el peatón tiene preferencia. Eso significa que el conductor, al enfrentar un paso de peatones (o llamado de cebra) haya o no peatón visible, debe disminuir considerablemente la velocidad, CON LA DEBIDA ANTICIPACIÓN, por precaución y porque no tiene la preferencia. Entonces, si el conductor respeta esa norma, nunca se provocaría problemas. El peatón -si el vehículo está en marcha- debe esperar que termine su maniobra. El peatón no puede bajar corriendo o de manera repentina. Sólo de puede en forma diagonal en los cruces llamadas «Tokyo».
Saludos
DR LT.
Hola,
Si en un semáforo de 3 tiempos, está la flecha verde para doblar a la izquierda y al doblar un peatón está cruzando la calle en la esquina (no demarcada), quién tiene preferencia??? Cabe destacar que es una calle de 4 esquinas y existen 3 semáforos de peatón (no hay semáforo en la esquina donde doblan los vehículos).
Gracias
Hola:
Habría que tener mayores antecedentes del caso, pero si el vehículo enfrenta luz verde y el peatón en dicha sección no tiene semáforo, tendería a pensar que el peatón no tiene preferencia.
Saludos
DR LT.