Sumario.
El Presidente de la República ingresó el 24 de marzo de 2020 un proyecto de ley que tiene por objeto -entre otros puntos- prorrogar en los Juzgados de Policía Local, los plazos de prescripción y caducidad.
La iniciativa fue fundamentada (Boletín 13343-07) debido al impacto que ha tenido la enfermedad del Covid 19 en Chile.
El día de hoy 02 de abril de 2020, se ha convertido en ley (21.226).
Ley 21226
Artículo 4.-
En los procedimientos judiciales en trámite o que deban tramitarse ante…los tribunales especiales que no forman parte del Poder Judicial, las partes, sus abogados, mandatarios y demás intervinientes que hayan estado impedidos de cumplir los plazos establecidos para diligencias, actuaciones o ejercicio de acciones o derechos ante ellos, a consecuencia de las restricciones impuestas por la autoridad en el marco del estado de excepción constitucional de catástrofe, por calamidad pública, declarado por decreto supremo N° 104, de 18 de marzo de 2020, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, o en razón de las consecuencias provocadas por la emergencia sanitaria ocasionada por la enfermedad COVID-19, podrán reclamar del impedimento dentro del término de los diez días siguientes al cese del impedimento.
El tribunal resolverá de plano o previa tramitación incidental y apreciará la prueba de acuerdo a las reglas de la sana crítica, sin perjuicio de los recursos que procedan en contra de esta resolución con arreglo a la ley.
Artículo 8.-
Asimismo, no aplicará lo dispuesto en el inciso primero de este artículo para el ejercicio de las acciones laborales y de competencia de los juzgados de policía local, en cuyo caso se entenderán prorrogados los plazos de prescripción y de caducidad respectivos, hasta cincuenta días hábiles contados desde la fecha de cese del estado de excepción constitucional de catástrofe, por calamidad pública, declarado por decreto supremo Nº 104, de 18 de marzo de 2020, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, y el tiempo en que este sea prorrogado, si es el caso.
Fuente: www.diarooficial.cl
Ley Ley_plazos judiciales y audiencia_COVID 19
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buenas tardes, me chocaron por atrás el 19 de junio en maipu, el responsable me suplico que me pagaría todo pero no hiciera denuncia porque era feriante y estaba trabajando sin permiso por pandemia. Yo confié y no lo hice, han pasado dos meses y evidentemente no pago y no respeto todos los mensajes y audios donde me decía que me depositaria el dinero que finalmente yo conseguí mecánico y arreglo mi auto. es un monto de 70 mil, pero en las circunstancias de hoy significan mucho para mi. me bloqueo y no contesta mis llamadas, puedo denunciar igual esto? o ya termine perdiendo mi tiempo ?
Estimada Paola:
Junto con saludar, le cuento que dependerá de usted si lo denuncia o no. Si tiene tiempo de ir al juzgado de policía local en 2 o mas oportunidades. Si fuera por justicia, al menos para que tenga que comparecer el tercero culpable o le pague o lo condenen a pagar una multa. Como mínimo, por faltar a la buena fe.
buenas noches. a los cuantos años prescribe una causa por daños en un choque???
Estimada:
Junto con saludar, las acciones en los juzgados de policía local, prescriben en 6 meses. Pero durante, el período de excepción de constitucional, se han suspendido los plazos.
En todo caso, si no pasó por el Juzgado de Policía Local, el plazo para interponer la demanda, en un tribunal civil, es de 4 años, desde la ocurrencia de los hechos.
atte
LEGALTRANSITO
Tuve un incidente diciembre 2020 trabajaba en una empresa que contaba con seguro (mitta) y me citaron y lo fueron corriendo por el tema de las fases ( en resumen fui con antecedentes el día de la citación aunque me indicaron que iba a ser representada y nunca llegó mi representante) por lo visto con la persona que chocamos el no tenia seguro y no pudo colocar la denuncia mediante al juzgado de policía local, lo que le indicaron que si quería hacer algo era interponer una denuncia civil , ni consulta es ¿cómo se si interpuso una denuncia ?(fui a citación en abril 2021 y aún no nos dictaminan las responsabilidades de cada uno y su posible infracción ).
¿El seguro está en la obligación de llevar igual mi caso aunque interponga una demanda civil ?
¿En el caso que pase , yo debo pagar la infracción y consecuencias del accidente del tercero ?
Hola
El seguro que aplica es de responsabilidad civil. En caso de demanda civil, debes avisar a la aseguradora. Si solo hay denuncia infraccional, normalmente, no comparecen.
La demanda te la deben notificar a ti personalmente.
Atte
Dr LT.
en 2017 me chocharon y hubo jucio que empezo en feb 2017 y la sentencia salio en feb de 2018, me encontraron culpable, basicamente porque mi «abogada» no ingreso la documentacion a tiempo. No pude llegar a acuerdo porque el seguro de la otra persona queria que le pague todo al tiro. En el juzgado me aconsejaron que lo deje estar hasta que prescriba la causa… ahora han pasado los años y me llama un conocido diciendo que me estan buscando para hacerme un embargo, que puedo hacer? la causa conado prescribe?
Hola:
Los plazos están aún vigentes para la parte demandante. Luego de la sentencia habiendo pedido el cumplimiento de la misma, tienen 3 años, desde la última gestión útil.
Atte
Dr.LT.
Tengo una demanda por deuda del sistema financiero la cual fue contraaida por mi esposo ,la cual esta en tribunales en este momento esto es de Diciembre ,tengo separacin de bienes,me notificaron solo por haber el puesto mi direccion ,cuando el vivia conmigo ,pienso que me van embargar ,si es asi cuando seria ahora este mes o cuando termine el estado de excepcion nesecito saber porque tengo que viajar por enfermedad . Sere su agradecida ,
Hola:
Las demandas deben ser presentadas 3 días antes del comparendo en el juzgado de policía local.
Si necesita asesoría escribir a contacto@legaltransito.cl
Saludos
DR LT.
Buenas noches, me estafaron en 2020, puse Denuncia y Demanda en JPL, para todo tramite ellos argumentaban Pandemia, incluso y sin aviso ellos trasladaron la primer toma de declaración, luego me dejaron citada para 6 abril, no enviaron notificación alguna, solo para asegurar que esta vez no la suspenderían fui a confirmar asistencia a dicho Tribunal y ahora me dice que las demandas tienen plazos de vigencia? y aun estando citada para abril la causa había caducado en marzo?obviamente las actuarios están taaan ocupadas que tampoco te advierten ninguna situación y ante cualquier cosa ´te dicen que es deber de cada Chileno leer el diario oficial
Hola, tuve un choque en agosto del 2021, el día 19 de mayo 2023 la asegurado ingreso una querella por infracción a la ley 18.290 en mi contra. En este caso no corre por prescripción? además la querella es por un monto excesivamente elevado de acuerdo a los daños del otro vehículo por choque por alcance por atrás, como se evalúan los daños, ya que, por ese monto hubiera sido perdida total
Hola:
Al estar judicializado el caso, debe consultar con un abogado.
Si el caso es pérdida total o no, se debe analizar y probar en el comparendo de estilo.
Saludos
DR LT.