Demanda civil de indemnización de perjuicios.

Si fuiste afectado por un accidente de tránsito, puedes demandar por los siguientes rubros:

  1. DAÑO EMERGENTE.
  2. LUCRO CESANTE.
  3. DAÑO MORAL.

¿DÓNDE?

     A.- En los juzgados de POLICÍA LOCAL. Plazo: 6 meses desde el accidente.

     B.- En los Tribunales CIVILES: 4 años desde el accidente.

  • Si tienes una setencia infraccional favorable derivada del Juzgado de Policía Local.
  • Si no presentaste demanda en el Juzgado de Policía Local.
  • Si el caso se vio en el Tribunal Penal, derivado de un cuasidelito de lesiones, o muerte.

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