Importancia de la veracidad, al momento de denunciar el Siniestro antes la Aseguradora.

 Planteamiento del problema.

Por distintos motivos, al momento de realizar el relato de los hechos, respecto al denuncio de siniestro, el asegurado puede entrar en contradicción.

Las contradicciones pueden provenir de lo señalado en Carabineros de Chile y lo indicado a la Aseguradora, al momento de informar lo sucedido. Se recomienda anotar lo declarado.

También puede entrar en contradicción cuando sea interrogado por el Liquidador de Seguros, o por algún perito en particular que haya sido designado. Ten bien en cuenta lo que dijiste.

Si bien es cierto que pueden existir pequeñas incongruencias, estas no pueden ser de tal magnitud que pueda desprenderse que existe una falsedad en la declaración. Por lo mismo, verifica lo ya relatado.

En este sentido, es recomendable que el asegurado este consciente de lo declarado y se apegue a la primera declaración para no tener problemas posteriores con la Compañía de Seguros.

Norma legal que obliga a decir la verdad.

La ley indica, específicamente, en el numeral 8, artículo 524 del Código de Comercio, lo siguiente:

Declarar fielmente y sin reticencia, sus circunstancias y consecuencias del siniestro.

Fallo  de la Corte de Apelaciones de Santiago, que se pronuncia al respecto.

La Corte indica, en sentencia, rol Civil 13187-2018de fecha 10/06/2020:

“Que la discusión habida entre las partes consiste en si el demandante, en el momento de denunciar la ocurrencia del siniestro, incumplió su obligación de informar con veracidad las circunstancias en que ello acaeció.”

El demandante informa dos formas de como habrían sucedido los hechos. O sea, existe contradicción en su actuar.

Señala la Corte que todo lo anterior determina que el actor no dio cabal cumplimiento a las obligaciones que le imponía el contrato.

Por ende, al tenor de lo dispuesto en el artículo 1552 del Código Civil, no puede exigir el pago que pretende. En consecuencia, se revocó la sentencia de primera instancia y se rechazó la demanda del actor.

 Fallos

Primera Instancia.

DEMANDA BCI SEGURO PRIMERA

Segunda Instancia.

DEMANDA BCI SEGURO CORTE

Fuente: www.pjud.cl

Visítanos: www.legaltransito.cl

Escríbenos, coméntanos, sugiérenos, ¿ Tienes un caso parecido? ¿Tienes alguna Jurisprudencia del caso distinta? contacto@legaltransito.cl

Autor: Patricio Olivares Figueroa.

Abogados Expertos en Derecho de Seguros de Vehículos Motorizados; Derecho de Daños; Derecho de Policía Local; Derecho de Tránsito y Derecho de Consumidor.