Casos en que la aseguradora no me quiere pagar como tercero afectado en un siniestro de vehículo motorizado.
Hoy en día, los seguros de vehículos contienen una serie de coberturas. Esto es, la de daño propio, sea bajo la modalidad pérdida parcial o pérdida total. La cobertura de robo, hurto y uso no autorizado. También, la cobertura de responsabilidad civil.
¿Qué contiene la cobertura de responsabilidad civil?
Si eres tercero afectado en un siniestro de vehículo motorizado. Es decir, eres inocente o víctima del accidente de tránsito causado por el vehículo asegurado.
Tu te desembuelves como tercero, ya que la relación es entre la aseguradora y el asegurado.
Acá entra en juego la cobertura de responsabilidad civil. O sea, te va a cubrir como víctima del accidente en caso de que el conductor asegurado sea responsable del siniestro.
¿Qué puede pagarme la aseguradora como si el asegurado me choca?
Estos son los pasos a seguir, o sea:
1.- Ocurrencia del siniestro.
2.- Denuncia a Carabineros en caso de lesiones y/o muerte.
3.- Designación de liquidador por parte de la aseguradora.
4.- Aportación por el tercero afectado de los documentos necesarios: certificado de anotaciones vigentes de tu auto, fotos de los daños y presupuesto.
5.- Oferta del liquidador de seguros. ten en cuenta que la aseguradora nunca te pagará de manera extrajudicial el monto que le exhibas como presupuesto. Por lo mismo, hará una sustancial rebaja del monto.
6.- Apelación: podrás en caso que no te satisfaga el monto ofrecido por el liquidador, señalar los motivos por los caules deba subirse.
7.- Si no hay acuerdo, pasa a la etapa judicial.
Etapa judicial para que el asegurado responda por los daños causados.
Si no llegas a acuerdo con el liquidador en el monto de los daños de tu auto, podrás ejercer tus derechos en el tribunal correspondiente.
En caso de lesiones menos graves, graves y muerte, el tribunl competente es el Civil. Sin embargo, si sólo hay lesiones leves y daños, tu caso será conocido por el Juzgado de Policía Local de la comuna en donde ocurrió el siniestro.
¿A quién se demanda? ¿A la aseguradora o al asegurado?
En la mayoría de los casos tendrás que demandar al asegurado. Sin perjuicio, quien pagará, en definitiva, será la aseguradora.
¿Hasta cuánto puede pagarme la aseguradora en el tribunal?
El monto que pagará la aseguradora será lo que estipule la póliza como cobertura. Normalmente, alcanzará a pagar sin problemas los daños causados a tu vehículo.
Por lo anterior, si por ejemplo, de manera extrajudicial, el liquidador te ofreció $1.000.000 y el tribunal determina que el monto a pagar es $3.000.000.- deberá acatar la aseguradora y pagar dicho monto, una vez que la sentencia se encuentre ejecutoriada.
Si la aseguradora no paga el monto, puede el mismo asegurado exigir que se cumpla el contrato de seguro.
¿Puedo demandar sólo en el tribunal sin abogado?
Se puede demandar sin patrocinio de abogado en los juzgados de Policía Local, hasta 4 UTM. O sea, sobre ese monto, deberás conseguir un abogado para que te represente.
¿Cúanto son los valores que se cobran por un choque por parte de un abogado?
Dependerá del caso que se presente, su dificultad, lejanía, dinámica del acciente. Algunos cobran una suma fija, otros contra resultado, o sea, en la medida que se gane el juicio, se cobra. Tambien, una mixtura, con monto a todo evento y porcentaje.
¿Son largos los juicios de choques?
Los juicios tienen sus propias complejidades. Por ejemplo, un juicio en un juzgado de Policía Local, puede durar entre 8 meses a un año en primera instancia.
¿Puedo contratar a cualquier abogado para que vea mi caso por el choque o necesito un especialista?
Es importante que te asesores por un experto en la materia, es decir, que sea especialista en accidentes de tránsito, o sea, un abogado de tránsito. Si conoce de derecho de seguros de vehículos, mucho mejor.
Somos LeGaltransito.
Si necesitas asesoría para tu choque, colisión, atropello, llámame o escríbeme.
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