El Siniestro.
Conducía por la calle Los Perales, estando detenido, siento un fuerte impacto en la parte trasera. Me bajo y también lo hace el otro conductor. Me indica que no me preocupe, que la aseguradora pagará todo.
Luego, de no haber respetado la señal pare, el conductor me indica que tiene seguro. Me entrega los datos, y quedo más tranquilo.
Pasando por el paso para peatones, un conductor imprudente me atropella. Soy trasladado al Hospital, luego de varias intervenciones quirúrgicas, salgo del recinto. Me logro contactar con el conductor causante del siniestro y me indica que todos mis daños serán pagados por la compañía de seguros del vehículo de la empresa.
¿Ha escuchado alguna vez algo parecido? ¿Ha sido víctima de un siniestro de vehículo motorizados?
Las gestiones ante la Compañía de Seguros.
Con lo indicado por el conductor asegurado, o el propio asegurado, me dirijo a la Aseguradora La Tranquilidad Seguros Generales S.A., entrego los datos requeridos y se me asigna un liquidador de seguros.
El liquidador de seguros, me pide una serie de antecedentes con el objeto de proceder a liquidar la responsabilidad civil de la póliza de vehículo motorizado. Le envío fotos de mi vehículo, el certificado de anotaciones vigentes, dos presupuestos de los daños emitidos por el Concesionario de la marca.
Luego de un par de semanas, me llega un correo, indicándome que se me indemnizará. Alegre, luego de todos inconvenientes sufridos, me doy un respiro y abro el documento adjunto en donde viene la propuesta indemnizatoria…
La sorpresa.
Pensé que se trataba de una broma…pero si los presupuestos bordean los $5.000.000 !porqué razón se me ofrece $1.500.000! No me pagan ni la mitad…
Bienvenido al mundo de las liquidaciones de responsabilidad civil en las pólizas de vehículos motorizados…
La Solución.
Pero… ¿Existe alguna forma que la aseguradora me pague lo que realmente indican los presupuestos? O sea, sólo quiero que el auto quede tal cual estaba antes del siniestro. ¿Es mucho pedir?
Si, existen soluciones a este respecto. Es decir, se puede obligar a pagar a la aseguradora. De hecho los tribunales han condenado a la Compañía de Seguros por no haber pagado al tercero afectado.
Si te encuentra en la misma situación o tiene algún familiar o amigo que le haya ocurrido lo mismo, no dudes en escribirnos a: contacto@legaltransito.cl o mandar un wsp al +56991451989 o a la página en comentarios.
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Pólizas de Vehículos Motorizados.
Existe un sin numero de pólizas de vehículos motorizados. Se encuentran en la Comisión para el Mercado Financiero, bajo el rotulo de Depósito de Pólizas. En realidad, se trata de las condiciones generales, las que muy usualmente, la aseguradora no te las envía cuando celebras el contrato de Seguro. !Exígela! ¡Infórmate! ¡Léela! ¡Consulta! ¡Aclara tus dudas!
Bci Seguros: POL120130368; POL120160325; POL120130214; POL120131318
Consorcio Nacional de Seguros: POL120160245; POL120131318
Zenit: POL120130214; POL120131318
Sura: POL120130744
Chilena Consolidada: POL120160220; POL120160279
Liberty: POL120160311; POL120131318; POL120130368
Mapfre: POL120170062; POL120131112
HDI Seguros: POL120170042; POL120140295
Reale: POL120190003; POL120160244
Renta Nacional: POL120130368
Condiciones Generales de las Pólizas de Vehículos Motorizados.
Encontraras las definiciones legales, los riesgos cubiertos, condiciones para indemnizar, las coberturas: daños propios: pérdida parcial o pérdida total; robo, hurto o uso no autorizado de vehículo; responsabilidad civil: daño emergente, lucro cesante y daño moral. Se contemplan las exclusiones tanto generales, como por cada cobertura contratada, forma de solución de conflicto, entre otras materias.
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