El Primer Juzgado Civil de Santiago condenó a chofer y, solidariamente, a la empresa propietaria del bus. Lo anterior, por el accidente de tránsito en octubre de 2016.

Identificación de la causa.

Causa rol 21.745-2018, dictada por la Magistrada Isabel Margarita Zúñiga Alvayay. 

Montos indemnizatorios.

La sentencia ordenó el pago de:

  • La cantidad de $17.195.384, por concepto del daño emergente sufrido por la demandante B.A.S. Además, la cantidad de $517.063, por concepto del daño emergente sufrido por el demandante J.S.R. Por último, la cantidad de $1.500.000, por concepto del daño moral sufrido por el demandante J.S.R. Lo anterior, más intereses desde la notificación de la sentencia y las costas de la causa.

Causa Basal de accidente.


La responsabilidad del demandado se desprende del informe elaborado por la SIAT. Esto es, se desplazaba a una velocidad no razonable ni prudente. Además,  percató tardíamente de la reducción de velocidad y posterior detención del automóvil que le antecedía y que enfrentaba luz roja, lo que fue la causa basal del accidente.

Normativa aplicable.

El art. 108 de la ley de tránsito que obliga a conducir atento a las condiciones del tránsito del momento. Por lo mismo, no mantuvo la distancia razonable ni prudente.

Responsabilidad solidaria del propietario.

La responsabilidad civil del solidario fluye del art. 174 de la ley de tránsito. O sea, el actual 169 de la ley de tránsito.

 Sentencia

ALCANTARA+CON+ARIAS

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