Es importante seguir los pasos que señala la póliza de vehículos motorizados para no encontrarse con sorpresas posteriores.

En caso de que cuentes con seguro con cobertura de hurto, robo o uso no autorizado, debes cumplir lo siguiente, con el objeto de que la aseguradora te pague la indemnización correspondiente.

Te indicamos los Tips o consejos que debes seguir en caso de robo de vehículo para las coberturas de póliza de vehículos motorizados.

1.- LO MÁS IMPORTANTE es dejar CONSTANCIA INMEDIATA en Carabineros de Chile.

Por tratarse de un delito, DEBE DEJARSE CONSTANCIA INMEDIATA. Es lo que prescribe la ley de tránsito.

Algunas pólizas señalan que DENUNCIA INMEDIATA corresponde a 2 HORAS de ocurrido el siniestro.

¿Pero si la ley indica que no hay que dejar constancia por qué debo dejar constancia inmediata?

No hay que confundir y muchas veces Carabineros de Chile también incurre en el error.

Si cuentas con seguro de daños en tu vehículo y sólo se producen DAÑOS MATERIALES, no es necesario dejar constancia inmediata, sólo basta con la declaración jurada exigida en la aseguradora.

Si se producen LESIONES producto del siniestro o en caso de HURTO, ROBO O USO NO AUTORIZADO, ES OBLIGACIÓN dejar constancia inmediata en Carabineros de Chile.

La mayor cantidad de rechazos de cobertura, o no pago de la indemnización correspondiente, es por ESTA CAUSAL. No descuides este trámite.

2.- Informar la aseguradora del siniestro ocurrido.

En este caso normalmente, las pólizas de vehículos motorizados establecen como plazo 10 días. De todas formas, consulta tu póliza en particular ya que puede tener un plazo menor.

Lo mejor para evitar cualquier inconveniente es hacerlo conjuntamente con la denuncia dejada en Carabineros de Chile.

3.- NO cometer errores en la declaración.

Es importante que no cometas errores en la declaración.

¿A qué nos referimos?

Qué la declaración dejada en Carabineros de Chile sea igual a la dejada en la Aseguradora y sea igual a la que realices en el CUESTIONARIO que envía el liquidador para que especifiques los hechos.

¿Por qué?

Porque al menor error o incongruencia en cuanto a los hechos (calles, hechos anteriores o posteriores, hora del siniestro, etc.) el liquidador de seguros, lo tomará en cuenta para rechazar el siniestro.

En base a lo anterior, recuerda bien lo que dijiste y te recomendamos a que seas riguroso al momento de hacer las declaraciones, TÓMATE TU TIEMPO y no la hagan “a la rápida”.

Recuerda bien lo que dijiste en Carabineros de Chile, recuerda bien lo que dijiste al momento de efectuar el denuncio en la Aseguradora.

El cuestionario respecto a los hechos que envía el liquidador de seguros el lo último, por lo que si contestas lo mismo de lo ya dicho en Carabineros o en el denuncio de siniestro, NO vas a tener problemas.

4.- Licencia de conducir.

El conductor debe tener licencia de conducir competente ( Según la clase de vehículo debo tener la licencia adecuada) y con los controles de habilitación correspondiente.

5.- AVISAR CUALQUIER NOTIFICACIÓN A LA ASEGURADORA.

Además, en este caso, el asegurado deberá poner inmediatamente en conocimiento de la compañía todos los avisos, citaciones, notificaciones, demandas, denuncias, querellas y, en general, cualquier comunicación que reciba en relación con el accidente, salvo fuerza mayor debidamente justificada.

En especial, si el vehículo reaparece debes comunicarlo a la aseguradora.

6.- Plazo de espera.

Las pólizas de vehículos motorizados, en caso de robo, para efectos de proceder al pago de la indemnización, se debe esperar el plazo de 30 días desde la ocurrencia del siniestro.

Lo anterior en el caso que el vehículo aparezca, lo que no es muy usual.

En todo caso, si aparece y existen daños superiores, se declarará la pérdida total y el vehículo se lo queda la aseguradora para pagarte el valor comercial de vehículo.

7.- En caso de cualquier duda, CONSULTA CON LOS EXPERTOS.

Llámanos o wasapéanos al +56991451989.

También nos puedes escribir a contacto@legaltransito.cl

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Autor: Patricio Olivares Figueroa.

Abogados Expertos en Derecho de Seguros, Derecho de Tránsito, Derecho de Policía Local, Derecho de Daños y Derecho del Consumidor.