Sumario
El Primer Juzgado Civil de Santiago condenó a la empresa Concesionaria, a pagar una indemnización total de $17.300.000, a conductora que atropelló a peatón que transitaba por el medio de la vía.
Condena en primera instancia.
En la sentencia (causa rol 30.112-2018), la magistrada condenó a la demandada a pagar una indemnización por daño emergente y daño moral. Lo anterior, al ser establecida su responsabilidad.
Obligación de seguridad.
Que, dentro del contenido de la obligación de seguridad impuesta al concesionario, se encuentra el deber de cuidado y vigilancia diaria y permanente en la vía concesionada.
La obligación ya indicada busca eludir peligros evitables que pudieren sobrevenir.
Es un hecho probado que el peatón se arrojó al vehículo de la demandante la que circulaba a una velocidad acorde al estándar de una autopista concesionada. Nada pudo hacer en este sentido.
Resulta al menos cuestionable que un peatón circule por la pista de circulación de los vehículos sin que dicha situación no generara las alertas correspondientes y no fuese supervisado por personal de la autopista.
Medios probatorios no idóneos.
La demandada no aparejó ningún medio probatorio idóneo que permita advertir que adoptó alguna medida para evitar que situaciones tan anormales ocurran.
Es un hecho contrario al principio de la normalidad que peatones transiten por las autopistas, y fue la conductora quien intentó eludir y esquivar al sujeto.
Lo cuestionado no es el actuar del tercero, sino que la autopista no cumpliera su labor de vigilancia y control sobre la ruta. Menos acreditó los mecanismos que así lo exigen.
Responsabilidad de la concesionaria.
Que, al incumplir la concesionaria con su obligación legal y reglamentaria, queda establecida su responsabilidad.
O sea, no adpotó medidas de seguridad necesarias para evitar la ocurrencia de accidentes
Corresponderá, en definitiva, acoger parcialmente la demanda indemnizatoria intentada, concluye la sentencia.
Se otorgó, entonces, la cantidad de $ 7.300.000.- por daño emergente y $10.000.000.- por daño moral con costas.
Fallo:
Fuente: www.pjud.cl
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Autor: Patricio Olivares Figueroa.
Abogados Expertos en Derecho de Tránsito, Derecho de Policía Local, Derecho de Daños, Derecho de Consumidor de Vehículos y Derecho de Seguros.
Hace un par de semanas en vacaciones al sur , a la altura de Cabrero, sufrimos un choque posterior por alcance, conductor responsable detenido y dejado en libertad, por Carabineros, con una futura citación a fiscalía.
consecuencias: 2 adultas mujeres afectadas, una con fractura y mucho dolor muscular y la segunda con dolor muscular por efecto del golpe y el cinturón de seguridad que la sujetaba a ambas.
En la ruta, próximo a una curva, no tan cerrada pero muy mal señalizada y con gran transito, nula asistencia en ruta, no hay como comunicarse, Carabineros pregunta sector, no hay letrero, ni nada que indique al afuerino donde estamos, cero control de transito por parte de la concesionaria, difícil acceso para ambulancia y la policía.
Consulta. Corresponde, responsabilidad civil a la autopista…? Gracias desde ya.
Hola
Habría que ver más detalles, pero en principio no veo responsabilidad en el accidente, si fue un choque por atrás.
Saludos
Dr LT