Se ha publicado recientemente un artículo, en www.diarioconstitucional.cl, respecto a la obligación del asegurado, de emplear el cuidado y celo de un diligente padre de familia, en la prevención del siniestro, especialmente, a propósito del SEGURO DE ROBO DE VEHÍCULO MOTORIZADO.

En dicho artículo se analizan ciertas sentencias, que entienden que el asegurado actúa de manera negligente, en la prevención del siniestro DE ROBO DE VEHÍCULO MOTORIZADO, ya sea porque deja las llaves dentro del vehículo, ya sea porque se le extravían o por otras causas similares.

Se exponen otras sentencias, que entienden que no hay negligencia del asegurado, al momento de realizar las conductas descritas en el párrafo anterior, ya que el contrato de seguro, permite la culpa, tanto en la póliza, tanto por lo prescrito por el Código de Comercio, como lo señalado por la doctrina.

Finalmente, se hace una crítica en el modo de entender la obligación de análisis, ya que se concibe -por ciertas sentencias- desde un punto de vista civilista, en circunstancias que el Derecho de Seguros, tiene principios y reglas propias, que conduce a entender la relación entre el asegurado y el asegurador, desde una perspectiva distinta, arribándose, por ende,  a conclusiones totalmente opuestas.

 

Artículo completo:

http://www.diarioconstitucional.cl/articulos/la-obligacion-del-asegurado-de-emplear-el-cuidado-y-celo-de-un-diligente-padre-de-familia-en-la-prevencion-del-siniestro

 

Fuente: www.diarioconstitucional.cl

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Autor: Patricio Andrés Olivares Figueroa.

Fecha: 23-07-2019.

Expertos en Derecho de Seguros de Vehículos Motorizados, Derecho de Tránsito y Derecho del Consumidor Vehicular.